Banco Galicia | 152 denuncias

Joel
"Incumplimiento de la oferta o promoción"
El día 31-10-2025 me quedé sin trabajo, por lo que acordé recibir una remuneración final en 3 cuotas. Al yo tener cuotas vigentes con VISA, me comunico el día 10-11-2025 para cancelar las mismas en un sólo pago utilizando parte de mi indemnización final. Se me informa (hay una conversación que seguramente VISA tiene, ya que por cuestiones de calidad se graban las conversaciones) que el saldo final para liquidar las cuotas restantes era de $3.200.000 (aproximadamente), por lo que yo pregunto y re-pregunto si este importe es correcto, ya que debía acomodar mis finanzas de acuerdo a esta información, por lo que el operador me informa de que es correcto, pero no me brindó número de gestión. Ocurrió que en mi último resumen a abonar, el importe terminó siendo mucho mayor, pese a que me habían informado lo contrario (Importe de $4.600.000, aproximadamente). Por lo que no llego a cubrir ni el pago mínimo. Al comunicarme con Galicia, en primer lugar, me indican de que los saldos son correctos, y que debía comunicarme con Visa. Al comunicarme con VISA, me informan de que esta diferencia entre lo que se me informó, con lo que finalmente me vino, era por intereses que ponía el banco, a lo que al revisar el resumen, los intereses eran únicamente de aproximadamente $100.000, por lo que era imposible que la diferencia (más de 1.700.000), sea únicamente por intereses. Al hablar con Visa, me indican de que estos eran los importes, por lo que evidentemente fui mal asesorado por la entidad, por lo que ahora este inconveniente me trajo problemas tanto a nivel económico, como a nivel salud. Necesito y exijo que se me cobre únicamente lo que me fue informado en su momento ($3.200.000) y que la entidad, se haga cargo de la diferencia, ya que fui mal asesorado.
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Buenas tardes Joel, según lo expresado, la prestataria del servicio estaría incumpliendo con la oferta, la cual es vinculante según el artículo 7º de la ley 24.240 que reza: Oferta. La oferta dirigida a consumidores potenciales indeterminados, obliga a quien la emite durante el tiempo en que se realice, debiendo contener la fecha precisa de comienzo y de finalización, así como también sus modalidades, condiciones o limitaciones.
La revocación de la oferta hecha pública es eficaz una vez que haya sido difundida por medios similares a los empleados para hacerla conocer.
tiva o restricción injustificada de venta, pasible de las sanciones previstas en el artículo 47 de esta ley.
Para mayor información puede comunicarse a nuestros teléfonos de contacto 3516311194. Finalmente le informo que nuestra sede se encuentra en Caseros 344, piso 4, Of.35 y los horarios de atención son de lunes a viernes de 10 a 13 y de 15 a 18 hs. Espero que le haya sido de utilidad, ¡Saludos! Diego, (Voluntario de ADCOIN) www.adcoin.org.ar
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Dirección
Tte. Gral. Juan D. Perón 430 - Ciudad de Buenos Aires.
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