
Andreani | 435 denuncias

MARIANA
"Otro"
A finales de julio me llego un paquete desde el exterior. una compra que hice con envio dhl y dhl lo deja a andreani para que lo traiga a mi ciudad. lo que pase es que la caja estaba abierta. osea habia sido cortada por los costados y vuelto a pegar con cinta. y cuando abri adentro estaba el papel buruja cortado con couter. me falto mercaderia. por ej de un ligthstcik dejaron la caja y el instructivo, se robaron el ligthstick. los albumes de musica vienen todos sellados. habia uno abierto. y se robaron el regalo de compra de uno de esos albumes dejando el papel burbuja todo abollado en un rincon. Yo no sabia que habia que hacer el reclamo a los 3 dias. lo hice al cuarto...porque que paso? pense que eran los de dhl sique comence un reclamo yo y la persona del exterior que envio la merch (cabe aclarar que ellos antes de cerrar la caja mandaron foto de las cosas y estaba todo ahi intacto). como dhl demoraba y en esos dias me entere por otros usuarios que desde el deposito de andreani habian robado. asique bueno como llame al 4to dia que recibi el paquete se lavaron las manos como unos genios. la verdad que estoy indignada que habran una caja. ya ni comprar afuera se puede??? es una verguenza, encima me parece que el abrio la caja sabia lo que se llevaba porque se llevo la merch limitada y ese album que abrieron no sacaron nada osea no les servia eso.
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Buenos dias Mariana, Buenos días, por lo expuesto sería un caso de incumplimiento de sus obligaciones legales y/o contractuales. Le sugiero intimar a fin de que cumpla con lo debido, bajo pena de acudir por lo sostenido en el art 10 bis de la ley 24240. Que sostiene ARTICULO 10 bis. — Incumplimiento de la obligación. El incumplimiento de la oferta o del contrato por el proveedor, salvo caso fortuito o fuerza mayor, faculta al consumidor, a su libre elección a: a) Exigir el cumplimiento forzado de la obligación, siempre que ello fuera posible; b) Aceptar otro producto o prestación de servicio equivalente; c) Rescindir el contrato con derecho a la restitución de lo pagado, sin perjuicio de los efectos producidos, considerando la integridad del contrato.
Además, podría encuadrarse en un trato indigno al consumidor violando lo establecido en la Ley de Defensa del Consumidor ART 8º bis de: Trato digno. Prácticas abusivas. Los proveedores deberán garantizar condiciones de atención y trato digno y equitativo a los consumidores y usuarios. Deberán abstenerse de desplegar conductas que coloquen a los consumidores en situaciones vergonzantes, vejatorias o intimidatorias. Sin embargo y en pos de recibir un asesoramiento jurídico más acabado, le recomendamos solicite un turno vía WhatsApp comunicándose al 3516311194, para realizar una consulta con un abogado de la asociación. Saludos cordiales Diego- Voluntario de ADCOIN- www.adcoin.org.ar